DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014

Fecha: 11-Nov-2014

Numeral 24

El alcalde o alcaldesa municipal debe aplicar el Reglamento de honores, distinciones, premios y condecoraciones del Gobierno Autónomo Municipal de El Puente; siendo que conforme dispone el art. 283 de la CPE, le corresponde la función ejecutiva; por lo tanto, debe encargarse de hacer cumplir las leyes emanadas por el órgano legislativo; en ese orden, se entiende que la materialización de la ley debe hacérsela mediante un instrumento regulatorio, el mismo que deberá ser emitido por el ejecutivo municipal para su aplicación en la misma instancia, y no así por el órgano legislativo. Por lo tanto, se establece su incompatibilidad.