DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 7.-

Artículo 7.- Símbolos del Municipio.- El Municipio Autónomo de Santiago de Huari de la Provincia Sebastián Pagador reconoce, respeta y utiliza los símbolos patrios establecidos en el parágrafo II del Artículo 6  de la Constitución Política del Estado: la bandera tricolor rojo amarillo y verde, el himno boliviano, el escudo de armas, la wiphala, la escarapela, la flor de la kantuta y la flor del patujú.

d.- La flor de Tani Tani, que florece en todo nuestro territorio y durante todo el año. Según nuestras tradiciones, el tani tani tiene el poder de protegernos de todo mal y para poder cosecharla es indispensable pedir permiso a la Pachamama, por lo cual se constituye en una flor que merece veneración y respeto. 

“Artículo 7.- Símbolos del Municipio.- El Municipio Autónomo de Santiago de Huari de la Provincia Sebastián Pagador reconoce, respeta y utiliza los símbolos patrios establecidos en el parágrafo II del Artículo 6 de la Constitución Política del Estado: la bandera tricolor rojo amarillo y verde, el himno boliviano, el escudo de armas, la wiphala, la escarapela, la flor de la kantuta y la flor del patujú.