DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

declarar la incompatibilidad de dicha previsión, por su falta de concordancia con el art. 410 de la CPE.

De lo expresado y para el caso presente, se tiene que el proyecto de Carta Orgánica, en su estructura jerárquica, describe la variedad de normas a ser formuladas por ambos órganos, pero sin una jerarquía que discrimine por órganos, las normas que serán emitidas y siendo que todos los elementos mencionados son necesariamente concurrentes, corresponde declarar la incompatibilidad de dicha previsión, por su falta de concordancia con el art. 410 de la CPE. Asimismo, la frase “su Reglamentación técnico jurídico por el Concejo Municipal;” del referido artículo, es incompatible con el art. 12 de la CPE.

A objeto de perfeccionar el ejercicio de la autonomía, los gobiernos autónomos municipales, pueden elaborar su carta orgánica, que como norma institucional básica, fija las instituciones políticas del Gobierno Autónomo Municipal y desarrolla las competencias constitucionales, ejercidas a través de los instrumentos jurídicos señalados.