DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

deberá reformularse la redacción del presente artículo, omitiendo la frase “reconoce”

En ese marco, el art. 8 del proyecto de la Carta Orgánica en revisión, por una parte, establece que el municipio “reconoce” y respeta los idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia, lo cual resulta contrario a la Norma Suprema; toda vez que, los idiomas del Estado estipulados, en el art. 5 de la CPE, no ameritan un reconocimiento extra constitucional a través de la referida carta orgánica, señalando un doble mandato de reconocimiento adicional e innecesario, razón por la cual, deberá reformularse la redacción del presente artículo, omitiendo la frase “reconoce”; asimismo, y por otra el mencionado art. 8 de la norma básica en análisis, no podría señalar que los idiomas oficiales de ese municipio, son el aymara, el puquina, el quechua y el castellano, sino en todo caso, se deberá hacer mención al “uso” del idioma oficial o preferente, pues de lo contrario podría entenderse como un desconocimiento de la oficialidad del resto de los idiomas reconocidos por la norma constitucional como oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia. Por tanto, las frases “reconoce” y “Son idiomas oficiales”, resultan incompatibles con la Constitución Política del Estado. Por todo lo manifestado, el citado art. 8, en su integridad, es incompatible con la Ley Fundamental porque sólo la frase “Son idiomas oficiales” produce la ausencia de un objeto normativo.