DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

La información solicitada por el control social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa, veraz, adecuada y oportuna”

Por su parte el art. 242.4 de la Norma Suprema, señala que: “La participación y el control social implica, además de las previsiones establecidas en la Constitución y la ley: (…) 4. Generar un manejo transparente de la información y del uso de los recursos en todos los espacios de la gestión pública. La información solicitada por el control social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa, veraz, adecuada y oportuna”  (las negrillas nos pertenecen).