DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 79.- El control social.-

La estructura del Control Social estará conformado por 5 miembros: Un(a)  Presidente, Un (a) Vicepresidente, Un (a) Secretario (a) de Actas, Un (a) Secretario (a) de Hacienda, Un (a) Vocal, debiendo ser elegidos en Asambleas del Control Social. Para la primera conformación del directorio los órganos del control social serán convocados por el Comité de Vigilancia. El funcionamiento y el mandato serán determinados por su Reglamento Interno, en un periodo no mayor a 30 días a partir de la aprobación de la Carta Orgánica.

La estructura del Control Social estará conformado por 5 miembros: Un(a)  Presidente, Un (a) Vicepresidente, Un (a) Secretario (a) de Actas, Un (a) Secretario (a) de Hacienda, Un (a) Vocal, debiendo ser elegidos en Asambleas del Control Social. Para la primera conformación del directorio los órganos del control social serán convocados por el Comité de Vigilancia. El funcionamiento y el mandato serán determinados por su Reglamento Interno, en un periodo no mayor a 30 días a partir de la aprobación de la Carta Orgánica”.