DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ncompatible

El proyecto de Carta Orgánica de Santiago de Huari, deberá remitirse al texto de la Constitución Política del Estado, a lo que ya está establecido al respecto en estas materias y de acuerdo a sus competencias. Razón por la cual, no corresponde establecer en la explotación de áridos y agregados, la coordinación con el control social y el Gobierno Autónomo Municipal, es decir, se atribuye al control social, la facultad de determinar la explotación de estos materiales, cuando la previsión debió referirse a la necesaria coordinación con los PIOC, tal cual establece el art. 302.I.41 de la CPE. Por lo tanto, el artículo en análisis es incompatible con la Norma Suprema.