DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

declarar la incompatibilidad de la previsión en cuestión, por no responder a los preceptos constitucionales que sustentan el presente fundamento.

Asimismo, la denominación de personas “de la tercera edad”, no se encuentra reconocida en la Norma Suprema; por el contrario, a partir del art. 67 de la CPE, se definen los derechos de las personas “adultas mayores”, adjetivo, al que deberá sujetarse el estatuyente municipal para referirse a este grupo etáreo; por lo expuesto, corresponde declarar la incompatibilidad de la previsión en cuestión, por no responder a los preceptos constitucionales que sustentan el presente fundamento.

Por otro lado, debe tenerse presente que los símbolos que reconoce y proclama la Norma Suprema, son del Estado boliviano y no del gobierno central; por esta razón, el art. 108.13, establece como un deber del ciudadano, “Defender la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Bolivia y respetar sus símbolos y valores”.