DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 85.- Obligaciones del Municipio.-

Artículo 85.- Obligaciones del Municipio.- El Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Huari, en el marco de la Política Nacional de Salud, formulará y ejecutará participativamente el Plan Municipal de Salud que obligatoriamente guardará concordancia con el Sistema Único de Salud y los planes, proyectos y programas emergentes del mismo.

1.    Garantizar que niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y personas con capacidades diferentes del Municipio tengan acceso gratuito a servicios de salud, proveyéndoles de medicamentos y tratamiento, otorgándoles un trato humanitario y digno, que preserve su salud física y psicológica, en el marco de sus competencias establecidas por la Constitución Política del Estado y disposiciones legales en concurrencia con el Gobierno Departamental y el Gobierno Central.

“Artículo 85.- Obligaciones del Municipio.- El gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Huari, en el marco de la Política Nacional de Salud, formulará y ejecutará participativamente el Plan Municipal de Salud que obligatoriamente guardará concordancia con el Sistema Único de Salud y los planes, proyectos y programas emergentes del mismo.