DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 18. Facultades Legislativas y Ejecutivas.-

I.  El Concejo Municipal es el órgano legislativo compuesto por Concejalas y Concejales Municipales. Ejerce todas las facultades reconocidas por la Constitución Política del Estado como las de legislar, deliberar y fiscalizar; pudiendo para el ejercicio eficiente y responsable de estas facultades, aprobar normas e instrumentos técnicos de gestión y aplicar procedimientos legislativos en el marco de sus competencias exclusivas, compartidas y concurrentes.

I.    El Concejo Municipal es el órgano legislativo compuesto por Concejalas y Concejales Municipales. Ejerce todas las facultades reconocidas por la Constitución Política del Estado como las de legislar, deliberar y fiscalizar; pudiendo para el ejercicio eficiente y responsable de estas facultades, aprobar normas e instrumentos técnicos de gestión y aplicar procedimientos legislativos en el marco de sus competencias exclusivas, compartidas y concurrentes”.