DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 74. Energía.-

En el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización en materia de energía y sus fuentes, ésta será regulada por una Ley Sectorial del Nivel Central del Estado, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal gestionar la energía eléctrica ante la instancia correspondiente y buscar  alternativas de generación de energía eléctrica para todos los habitantes, asegurando la seguridad alimentaria en su territorio.