DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

por lo que este Tribunal Constitucional Plurinacional, declara la incompatibilidad de las frases: “…misma que está representada por las organizaciones de base acreditadas en el Municipio” del inc. d) del art. 36.

El art. 14.II de la CPE, establece que el Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en cualquier razón, y el expresar que la población deba estar acreditada ante el municipio contraviene al derecho de participar en los procesos de planificación de desarrollo en su jurisdicción, consecuentemente no es admisible constitucionalmente este hecho toda vez que no es necesario la acreditación puesto que su participación es inclusiva, por lo que este Tribunal Constitucional Plurinacional, declara la incompatibilidad de las frases: “…misma que está representada por las organizaciones de base acreditadas en el Municipio” del inc. d) del art. 36.