DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

por lo que, este Tribunal Constitucional Plurinacional, declara la incompatibilidad de las frases: “…personas con capacidades diferentes…” del primer párrafo del art. 94, debiendo el estatuyente modificar conforme lo señalado en la Constitución Política del Estado y los fundamentos expuestos.

Conforme lo descrito en el art. 93 de la presente Carta Orgánica, el art. 70 de la CPE, desarrolla derechos de personas con discapacidad, y en este artículo el estatuyente nuevamente  desvirtúa la figura toda vez que en el primer párrafo se refiere a las personas con capacidades diferentes, extremo que vulnera la Constitución Política del Estado, puesto que las personas con capacidades diferentes no se encuentran descritas en el Texto Constitucional, por lo que, este Tribunal Constitucional Plurinacional, declara la incompatibilidad de las frases: “…personas con capacidades diferentes…” del primer párrafo del art. 94, debiendo el estatuyente modificar conforme lo señalado en la Constitución Política del Estado y los fundamentos expuestos.