DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

por lo que este Tribunal declara la incompatibilidad de la frases: “…y personas con capacidades diferentes…” del inc. g) del art. 36, debiendo el estatuyente adecuar su redacción conforme lo descrito.

El art. 70 de la CPE, regula los derechos de las personas con discapacidad, consecuentemente nuestra Norma Fundamental hace distinción de los derechos de personas con discapacidad y no de personas con capacidades diferentes tal y como lo expresa el presente inciso objeto de nuestro análisis, consiguientemente el Tribunal Constitucional en su rol de intérprete de la Constitución Política del Estado, debe velar porque las normas inferiores tengan coherencia y armonía con el Texto Constitucional, por lo que este Tribunal declara la incompatibilidad de la frases: “…y personas con capacidades diferentes…” del inc. g) del art. 36, debiendo el estatuyente adecuar su redacción conforme lo descrito.