DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Respecto del derecho a la petición expresada en el inciso t),

Respecto del derecho a la petición expresada en el inciso t), el art. 24 de la CPE, expresa que toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta, Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario, consecuentemente es un derecho de alcance general directamente aplicable para toda persona dentro el territorio boliviano, por lo que se declara la incompatibilidad del presente inciso.