DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015

Fecha: 14-Ene-2015

consecuentemente se declara la incompatibilidad de las frases: “…o directamente por el Concejo Municipal” del inc. g) del art. 29.

La aprobación o rechazo de convenios intergubernamentales e interinstitucionales necesariamente deber ser propuestos por  el órgano ejecutivo para su tratamiento  en el concejo, pero  no es constitucionalmente admisible que el concejo vaya a proponer, aprobar o rechazar de forma directa, contraviniendo a la independencia de los órganos y el principio de coordinación existente entre ambos órganos de gobierno, consecuentemente se declara la incompatibilidad de las frases: “…o directamente por el Concejo Municipal” del inc. g) del art. 29.