DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

  La INCOMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado, del término “Autónomo” inserta en el texto del preámbulo (párrafo quinto) y de los siguientes: arts. 7 la frase “oficiales” inserta en el epígrafe y “oficial”; 8.II inc. e); 10 inc. f) y j); 12.I la frase “pudiendo además organizarse también en otras formas”; 14 la palabra “Autónomo”; 15 la frase “Conjuntamente a otras Entidades Territoriales Autónomas locales de Chuquisaca Centro, el Municipio de Sopachuy constituirá la autonomía regional de Chuquisaca Centro”; 16, 21.II y III; 22.I; 23.12; 32 la frase “del presidio”; 34.I.15 la frase “…por si mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y el Departamento”, 22 y 23; 45, 48; 50, 51 en la frase “se podrá llegar incluso a la destitución mediante proceso por incumplimiento de deberes”; 52.I la frase “…son miembros pasivos del Concejo Municipal…”, II la frase “…con el consentimiento del titular cuando corresponda y con nota formal dirigida al Órgano Electoral”; y, IV; 53.II; 54, 55.I en la frase “…ante Juez de Partido de la Jurisdicción”; 57.II y III; 58, 60, 61, 62 primer párrafo la frase “Toda persona que reciba un salario de los recursos financieros municipales y desempeñe función pública acorde al régimen laboral establecido para el mismo, será considerada como servidora o servidor público municipal”; y, II.5; 64, 65.II la frase “…conjuntamente sus suplentes”; y, IV; 67.VII; 70, 71 inc. b); 73, 89.II; 90.I; 91.IV; 92 segundo párrafo la frase “La organización y funcionamiento de los espacio de participación social efectiva serán regulados por la ley municipal de participación y control social; 94.III; 96 la frase “…considerándose además a la indiferencia y tolerancia como acto de complicidad de la corrupción”; 98.1; 99.II.1; 100.15 y 17; 101.3 la frase “y rural”; 104.VII la frase “Coadyuvar a”; 105.V; 109.II; 112.6; 115, 118.1 y 3; 119.2; 123.II la palabra “reconoce”; 127, 130, 133.I; 136.I inc. 2); las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera en la frase “Luego de ser promulgada la presente Carta Orgánica, el Gobierno Autónomo Municipal adecuará a la misma, todas las disposiciones autonómicas municipales anteriores vigentes”; séptima y disposición final segunda.