DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

es una norma vertebral de un sistema autonómico diseñado a partir de cuatro tipos de autonomías, que configuran una sistema de gestión y administración del Estado complejo,

El art. 271 de la CPE, prevé la existencia de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, por su parte y con referencia a su contenido la SCP 2055/2012, señaló que: “…la Ley Marco de Autonomías y Descentralización es una norma vertebral de un sistema autonómico diseñado a partir de cuatro tipos de autonomías, que configuran una sistema de gestión y administración del Estado complejo, cuestión que hace ineludible y necesaria una ley marco que permita un funcionamiento armónico del Estado compuesto plateado por el Constituyente, cual es el Estado Unitario Plurinacional con autonomías, máxime si los principios de unidad y de autogobierno no deben ser entendidos como equidistantes o contrapuestos, sino complementarios y convergentes”.

Establecida la naturaleza de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, ésta contempla en esencia, principios y definiciones que rigen la organización territorial y las entidades territoriales autónomas, procedimiento de elaboración y contenidos mínimos de los estatutos y cartas orgánicas, desarrollo del régimen competencial, régimen económico y financiero, mecanismos de coordinación y control social. No es menos cierto, que esta Ley fue acusada de inconstitucional en varios de sus artículos, mediante recurso directo de inconstitucionalidad y efectuado el control de constitucional, la tan citada SCP 2055/2012, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 68, 82.V, 83.III, 88.VI, VII, VIII; 92.II, III y IV; 94.II, III y IV; 96.III, IV, V, VI, VII, VIII y IX; 144, 145, 146 y 147 de la LMAD.