DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

fuerza pública

El art. 251.I de la CPE, señala: “La Policía Boliviana como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano…” (las negrillas son nuestras). Los gobiernos autónomos municipales, pueden constituir sus guardias municipales, siempre y cuando no se genere una duplicidad de funciones con la Policía Boliviana, ya que la función de ésta es única y su jurisdicción es nacional; si bien en la norma cuestionada se emplea el término “contribuir”, esta voluntad no puede ser manifestada de forma unilateral, consecuentemente, deja abierta la posibilidad a interpretaciones arbitrarias que podrían generar problemática en el momento de su aplicación.