DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

I. El Municipio Sopachuy organizará su territorio en distritos, pudiendo además organizarse también   en otras formas; debiendo la Ley Municipal establecer los requisitos y procedimientos para su creación y modificación. La jurisdicción territorial del sindicato agrario, comunitario, o junta vecinal, estarán dentro la jurisdicción territorial del municipio

I. El Municipio Sopachuy organizará su territorio en distritos, pudiendo además organizarse también   en otras formas; debiendo la Ley Municipal establecer los requisitos y procedimientos para su creación y modificación. La jurisdicción territorial del sindicato agrario, comunitario, o junta vecinal, estarán dentro la jurisdicción territorial del municipio” (el resaltado y subrayado es nuestro).

La presente disposición legal, establece que el municipio de Sopachuy, estará organizado en distritos municipales y que será una ley municipal la que establecerá los requisitos y procedimientos; también, hace referencia a que podrán existir otras formas de organización territorial dentro del Municipio. El art. 271.I de la CPE, prevé la existencia de la Ley Marco de Autonomía y Descentralización “Andrés Ibáñez” y que conforme a la SCP 2055/2012, esta Ley, está destinada a regular las autonomías y descentralización, es así que el art. 27 de la LMAD, estableció la existencia de los distritos municipales, como la forma de organización del espacio territorial del municipio, por su parte el art. 28 de la misma normativa dispone la existencia de los distritos municipales IOC; en consecuencia, no puede existir otras formas de organización del espacio territorial de los municipios.

Así como se encuentra redactado la disposición cuestionada, genera inseguridad jurídica en su interpretación y aplicación, ya que dada la imposibilidad constitucional de establecer otras formas de organización de su espacio territorial; también podría entenderse que el estatuyente municipal, pretendió referirse a una forma de organización externa, como son las regiones, justamente ahí se encuentra la ambigüedad de la norma, que genera inseguridad jurídica.