DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 96. Lucha  Implacable Contra la Corrupción.- Por ninguna razón, los ciudadanos, ciudadanas, actores de la representación social, y actores del Gobierno Autónomo Municipal, tolerarán los actos de corrupción, tanto en la administración del Estado, como en el manejo de las organizaciones sociales. Ante la existencia de hechos de corrupción, se deberán denunciar ante las instancias correspondientes las irregularidades identificadas, considerándose además a la indiferencia y tolerancia como acto de complicidad de la corrupción

Artículo 96. Lucha  Implacable Contra la Corrupción.- Por ninguna razón, los ciudadanos, ciudadanas, actores de la representación social, y actores del Gobierno Autónomo Municipal, tolerarán los actos de corrupción, tanto en la administración del Estado, como en el manejo de las organizaciones sociales. Ante la existencia de hechos de corrupción, se deberán denunciar ante las instancias correspondientes las irregularidades identificadas, considerándose además a la indiferencia y tolerancia como acto de complicidad de la corrupción” (las negrillas y subrayado son agregados).

La presente disposición asumiendo la política nacional del Estado “Lucha Implacable Contra la Corrupción” de forma declarativa en su primera parte, señaló que de ninguna forma se toleraran los actos de corrupción en la administración del Estado como al interior de las organizaciones sociales; sobre el empleo del término “Estado”, habrá que entenderlo en toda su dimensión, gobierno nacional y gobiernos subnacionales, entre los cuales se encuentran los gobiernos autónomos municipales; sobre el empleo de la frase “organizaciones sociales”, es evidente que la carta orgánica no puede establecer mandatos para el control social; sin embargo, dada la transversalidad y relevancia de la lucha contra la corrupción, no debe entenderse como un mandato imperativo al control social, sino meramente declarativo, como se refirió al principio.