DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

II.   El sistema de salud del municipio acreditara el ejercicio de la medicina tradicional, natural e intercultural, incorporando la prestación de este servicio, reconociendo y promoviendo las prácticas locales en la temática, y respetando el marco constitucional

La medicina tradicional es parte del sistema único de salud,  que conforme al art. 18.III de la CPE, es único, universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidad, calidez y control social; el catálogo competencial desarrollado en la Norma Suprema, le confiere al nivel central del Estado, como competencia exclusiva, la formulación de las políticas del sistema de salud; y a los gobiernos subnacionales, la gestión del sistema de salud, para su ejercicio en forma concurrente; es decir, que el nivel central del Estado, por medio de la Asamblea Legislativa Plurinacional, legislará sobre el sistema único de salud y los niveles sub nacionales (Gobiernos Autónomos Departamentales, Municipales, Indígena Originario Campesinos y Regionales) en base a dicha legislación, simultánea reglamentaran y ejecutaran la gestión del sistema único de salud.