DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 37.

Artículo 37.    Desconcentración de la Gestión Ejecutiva.- En caso de contar con los recursos financieros y logísticos necesarios, el Órgano Ejecutivo podrá desconcentrarse tanto temática como territorialmente para poder brindar una cobertura integral y de la gestión municipal ágil; razón por la que el Alcalde o Alcaldesa podrá delegar funciones administrativas, ejecutivas y operativas a las autoridades responsables de las reparticiones desconcentradas, sobre sus atribuciones y obligaciones en las competencias municipales. Las reparticiones desconcentradas tendrán una dependencia directa de la Alcaldesa o Alcalde y la Oficialía Mayor Ejecutiva, en caso de existencia.