DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2015

Fecha: 08-Abr-2015

V.    Las autoridades municipales y organizaciones sociales velarán que se cumpla las políticas bolivianas que garanticen una educación integral para la vida, adecuada a la realidad local, comunitaria, intercultural, descolonizadora, despatriarcalizadora, productiva, bilingüe, con libertad de identidad y religión, la educación en valores, derechos y deberes humanos individuales y colectivos; bajo responsabilidad de maestros y maestras, con supervisión y seguimiento del personal técnico competente      y con acompañamiento de padres de familia durante todo el proceso educativo. Cumplirá además con los principios, fines y bases establecidos en la Constitución y la Ley

V.    Las autoridades municipales y organizaciones sociales velarán que se cumpla las políticas bolivianas que garanticen una educación integral para la vida, adecuada a la realidad local, comunitaria, intercultural, descolonizadora, despatriarcalizadora, productiva, bilingüe, con libertad de identidad y religión, la educación en valores, derechos y deberes humanos individuales y colectivos; bajo responsabilidad de maestros y maestras, con supervisión y seguimiento del personal técnico competente      y con acompañamiento de padres de familia durante todo el proceso educativo. Cumplirá además con los principios, fines y bases establecidos en la Constitución y la Ley” (las negrillas nos pertenecen).

Este artículo, refiere la supervisión de políticas nacionales en materia de educación, involucrando a las organizaciones sociales en la tarea señalada, sin considerar que la participación social, debe ser más amplia y no limitarse solo a ese tipo de organizaciones, conforme a las previsiones de los arts. 241 y 242 de la CPE; es decir, si la norma pretende establecer un acompañamiento por parte del control social en el cumplimiento de las políticas nacionales, debe referirse en forma genérica, ya que podría implicar una limitación del ejercicio del derecho al control social en las políticas nacionales y municipales.