DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Control previo de constitucional de los numerales 2 y 3 del artículo 42

El art. 42 del proyecto, establece y delimita las facultades del ejecutivo municipal; señala que estas facultades son la ejecutiva, la reglamentaria y la administrativa; con referencia a la facultad reglamentaria establece su alcance solo para regular las leyes municipales extremo que no responde al alcance real de dicha facultad; sobre la facultad administrativa, ésta no se encuentra contemplada dentro de las facultades que ejercen los gobiernos sub nacionales; por tanto, su contemplación en la presente disposición no responde al modelo autonómico boliviano.