DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Sobre el numeral 4

La disposición citada estable como una atribución de la Alcaldesa o Alcalde, la presentación de proyectos de leyes municipales y de resoluciones; sin lugar a duda, la proposición de leyes municipales es una atribución plenamente compatible, por la naturaleza jurídica de dicha norma; sin embargo, proponer la elaboración de resoluciones al Concejo Municipal, afecta el principio de independencia y separación de órganos desarrollado ampliamente en el cargo de incompatibilidad constitucional en el análisis del art. 24.12 del proyecto, debido a que las resoluciones emanadas del concejo municipal, inevitablemente serán normas de carácter interno, por tanto, el ejecutivo municipal no puede intervenir en la proposición o elaboración de dichas normas.