DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016

Fecha: 15-Nov-2016

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Esta atribución constitucional debe cumplirse atendiendo las normas básicas emitidas por el órgano rector, como una competencia concurrente conferida al nivel central del Estado, cuya legislación general se encuentra contenida en la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales y la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público, según prescribe el art. 70.II de la LMAD concordante con el art. 297.II de la CPE.