DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016

Fecha: 15-Nov-2016

La sociedad civil organizada como titular del derecho a la Participación y Control Social

Al inicio se indicó que las disposiciones cuestionadas restringían el ejercicio de la Participación y Control Social solo a las organizaciones sociales, cuando en realidad, éstas solo representan a un sector de la sociedad; el término “sociedad civil organizada” empleado en el art. 241 de la CPE, de ninguna manera implica una alusión directa y únicamente a las organizaciones sociales, sino que es un término genérico e incluyente en referencia a todos los actores sociales, tanto de forma individual como colectiva, incluidos las NPIOC, los que no pueden ser considerados como simples grupos corporativos.