DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Control previo de constitucionalidad del artículo 40

La disposición señalada, establece que la Alcaldesa o el Alcalde municipal es la MAE del municipio de Sena, aspecto que responde a una mala comprensión del régimen autonómico boliviano, que inicialmente se advirtió en el Preámbulo y el art. 1 del proyecto y justamente, en el cargo de incompatibilidad constitucional del citado art. 1, se estableció la clara diferencia entre la Unidad Territorial y la Entidad Territorial y se estableció que la cualidad gubernativa recae directamente sobre la Entidad Territorial, que es la institucionalidad que gobierna en el municipio; consiguientemente, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, siempre será la MAE del Gobierno Autónomo Municipal (en el caso de la autonomía municipal) y no así del “Municipio”, como pretende la disposición cuestionada.