DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo 123. Planificación participativa

I.       El Gobierno Municipal, sus organizaciones y la ciudadanía no organizada, tiene la obligatoriedad de profundizar y mejorar los espacios, procesos y resultados de la Planificación Participativa Municipal, como un instrumento fundamental que permite una mejor relación entre el Gobierno Municipal, la sociedad civil y el proceso de desarrollo con enfoque autonómico y como mecanismo que concreta, acciona, racionaliza y le da sentido a la participación social.

II.      Implementar e institucionalizar nuevas formas participativas de la población orientadas a consolidar espacios de participación de la ciudadanía organizada e individual y medidas administrativas municipales que permitan un permanente control, fortalecimiento, seguimiento y retroalimentación del proceso de planificación participativa relacionados íntimamente con el ciclo de la gestión municipal.

III.     La Planificación Participativa Municipal debe  involucrar y corresponsabilizar a la sociedad civil en el diseño y construcción de su propio desarrollo, permitiendo a sus autoridades acercar el poder político de manera adecuada en pro de acciones públicas transparentes, consensuadas y responsables en beneficio del desarrollo del Municipio.