DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo 65. Biodiversidad y medio ambiente

I.       El Municipio y su sociedad valorando como patrimonio del Estado Plurinacional la fauna y la flora silvestre, tanto acuática como terrestre deben velar por la protección y su restauración con el propósito de lograr la sostenibilidad de la biodiversidad, considerando aspectos de carácter normativo, institucional y de participación ciudadana en la administración de la diversidad biológica en todos los ámbitos implementando las siguientes líneas de acción:

II.      El Municipio, en el marco de sus competencias establecidas en la Constitución Política del Estado y las Leyes vigentes en el país, desarrollará acciones destinadas a la preservación, conservación, defensa y mantenimiento del medio ambiente. Para ello implementará las siguientes líneas de acción:

III.     Con el propósito fundamental de lograr que todos los habitantes del municipio comprendan la naturaleza compleja del medio ambiente y adquieran los conocimientos, valores y habilidades prácticas para participar responsable y eficazmente en la prevención, solución y gestión de la calidad del medio ambiente, propiciará la elaboración e implementación del Plan de Educación Ambiental en los ámbitos formal y no formal de educación, considerando las siguientes líneas de acción: