DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

fiscalizar

El contenido del numeral 21 del art. 29 establece la atribución del Concejo municipal de fiscalizar a través de la Alcaldesa o Alcalde Municipal, a los Oficiales Mayores, Asesores, Directores y personal administrativo Municipal; dentro de este punto la frase “a través de la Alcaldesa o Alcalde Municipal” daría a entender que la fiscalización que es la facultad del Concejo Municipal únicamente se podría ejercer por conducto del Alcalde, aspecto que no es compatible con lo determinado por los arts. 12, 272 y 283 de la CPE.

En numeral 22 del mismo artículo establece la atribución de ratificar acuerdos, convenios u otro tipo de relacionamiento internacional, intergubernativo, interinstitucional o con la sociedad civil, texto coincidente con lo que prevé el art. 299.I.5 de la CPE, por lo que el numeral 22 es compatible con el texto constitucional.