DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo 25. Revocación

III.     La revocatoria de mandato en referéndum se origina por iniciativa popular a solicitud de al menos quince (15) por ciento de votantes del padrón electoral de la circunscripción electoral donde se ejerce funciones y se solicita transcurrido al menos la mitad del período de mandato sustanciada conforme a Ley del Régimen Electoral vigente. No procede durante el último año de la gestión del cargo.