DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo. 70 (COMPOSICIÓN).

Artículo. 70 (COMPOSICIÓN). I. Los gobiernos autónomos municipales están compuestos por dos órganos: a) El Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o Alcalde elegida o elegido mediante sufragio universal, por mayoría simple, en listas separadas de las candidatas y candidatos a Concejalas y Concejales. b) El Concejo Municipal, integrado por Concejalas y Concejales elegidas y elegidos mediante sufragio universal. La conformación del Concejo Municipal se establecerá en la Carta Orgánica Municipal. II. Los Municipios donde existan naciones y pueblos Indígena Originario Campesinos que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina, éstos podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal, de acuerdo al parágrafo II del artículo 284 de la CPE.