DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

en el marco de sus competencias exclusivas, compartidas y concurrentes con los niveles departamental y nacional

El art. 74 en su parágrafo I afirma que el Gobierno Autónomo Municipal de Villazón, a través de su unidad de Defensorías de la Niñez y Adolescencia, organizaciones civiles y control social, establecerá políticas para la niñez y adolescencia; mientras que en el numeral 3 sostiene que en el marco de sus competencias exclusivas, compartidas y concurrentes con los niveles departamental y nacional, debe implementar una infraestructura adecuada orientada a la protección, albergue, prevención, atención integral especializada, reinserción social y recreación social y recreación orientada a niñas, niños y adolescentes acorde a la vulnerabilidad de sus derechos; ahora bien, analizando el art. 302.I.39 de la CPE, el mismo señala que “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para la niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad” (el resaltado es agregado); mientras que el art. 62.I.11 de la LMAD, establece que: “Los contenidos mínimos que deben tener los estatutos autonómicos o cartas orgánicas son los siguientes: 11. Régimen de igualdad de género, generacional y de personas en situación de discapacidad”.