DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos.

El Gobierno Autónomo Municipal deberá circunscribir sus alcances competenciales en el marco de la competencia exclusiva municipal asignada por la Constitución, “Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos.”; por lo anotado, el numeral 2 del art. 66 es incompatible con el texto Constitucional.

El numeral 4 establece la futura implementación de estudios de inventariación del potencial de los recursos hídricos, tanto superficiales como subterráneos del territorio municipal; aspecto que se centra en lo establecido por el art. 302.I.9 que establece: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: Estadísticas municipales”; por lo anotado se encuentra dentro del marco de la competencia exclusiva municipal, el establecer que realizará una “inventariación del potencial de los recursos hídricos”, por lo que el numeral 4 del art. 66 es compatible con la Constitución Política del Estado.