DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

El art. 13 sostiene

El art. 13 sostiene que los derechos “reconocidos” por la Carta Orgánica Municipal son inviolables, interdependientes, indivisibles y progresivos, por lo que el Municipio tiene la obligación de promoverlos, protegerlos y respetarlos; en primer lugar se aprecia una contradicción ya que el art. 11 en momento usa el término “reconoce”, sino que sostiene que se subordina a la Constitución Política del Estado en los preceptos de los derechos fundamentales; aparte de esa contradicción, el término “reconocidos” merece la misma observación que se hizo respecto al art. 12, es decir, que una Carta Orgánica Municipal no tiene la facultad de reconocer aquello que la Norma Suprema establece como mandatos, por lo que este término resulta ser incompatible con el texto de la Constitución Política del Estado, sugiriendo que se cambie el término de reconocidos por el de “adoptados”.