DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo 35. Autoridades distritales, Subalcaldesas o Subalcaldes

I.       Son autoridades del Ejecutivo Municipal y que formarán parte del Gobierno Municipal como autoridades administrativas desconcentradas en Subalcaldías, para mejorar las actividades de la gestión municipal en los distritos urbanos y rurales en vigencia o los que fueran a crearse cumpliendo la normativa municipal.

II.      Las Subalcaldías serán implementadas en la jurisdicción municipal de manera gradual en relación a adecuadas condiciones de fortalecimiento institucional municipal, existencia de recursos que garanticen sostenibilidad para su funcionamiento, objetivos y resultados claramente definidos, adecuada relación de territorio y densidad poblacional y el mandato de la agenda municipal de implementación de la Carta Orgánica Municipal.