DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo 42. Mecanismos y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas

I.       La Alcaldesa o Alcalde Municipal debe hacer una rendición pública de cuentas dos veces al año, rendición que cubra todas las áreas en las que el Municipio haya tenido responsabilidad, y que deberá realizarse luego de la amplia difusión, de manera previa, oportuna, comprensible y completa de su informe por escrito.