DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2013

Fecha: 29-Abr-2013

Artículo 58. Hábitat y vivienda

2. Propende a la tenencia segura de propiedad urbana, en áreas legales de crecimiento urbano, evitando la instalación de asentamientos precarios en áreas no planificadas. Sobre los ya consolidados, desarrolla políticas de reubicación o bien de mejoramiento barrial facilitando el desarrollo de infraestructura básica de servicios públicos.

4. Fomentará y consolidará el registro municipal ante instancia que corresponda de Lotes e Inmuebles, constituido por los inmuebles existentes y los que se adquieran por compra, cesión, permuta, donación y toda otra forma de adquisición del dominio. La reserva de esta institución está destinada a programas de equipamiento comunitario, ampliación y generación de espacios verdes, infraestructura de servicios, viviendas y todo  aquello que prevea los planes estratégicos, municipales.