DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014

Fecha: 10-Nov-2014

75

El art. 75, referido a la elección y posesión del subalcalde en sus parágrafos I,II, IV y V son incompatibles con la Constitución Política del Estado, porque: a) La figura de la elección por sufragio del sub alcalde no puede establecida por la norma institucional básica porque el art. 298.II.1 de la CPE, señala que es competencia exclusiva del nivel central el régimen electoral nacional para la elección de autoridades nacionales y subnacionales, y consultas nacionales; en ese entendido, el citado artículo está legislando sobre lo que no es de su competencia; y, b) en ese mismo entendido, tampoco puede legislar para el Órgano Electoral.