DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014

Fecha: 10-Nov-2014

art. 39.VI

El art. 39.VI que indica: “Las listas de postulaciones para la composición del Concejo Municipal deberán respetar la paridad, alternancia y equivalencia de género en titulares y suplentes”, es incompatible con el art. 298.II de la CPE, donde las ETA no pueden legislar sobre aspectos que no son de su competencia, como la conformación de las listas para la elección de autoridades subnacionales y municipales, debiendo la norma institucional básica circunscribirse a lo establecido por el nivel central en este tema y reflejarlo conforme se ha establecido en la norma adecuada.