DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014

Fecha: 10-Nov-2014

III.6.  El control previo de constitucionalidad

El control previo de constitucionalidad, se encuentra contemplado en el Capítulo III, Título Quinto del Código Procesal Constitucional, así el art. 105 de dicho Código, establece que el control previo se realiza sobre: “1. Proyectos de Tratados Internacionales. 2. Consultas de Proyectos de Leyes. 3. Consultas de Proyectos de Estatutos o Cartas Orgánicas. 4. Consultas de preguntas de referendos”.