DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014

Fecha: 10-Nov-2014

art. 15

El art. 15, referido a las bases de la democracia municipal señala en su parágrafo I: “El Municipio de Sucre adopta para su gobierno la forma democrática directa, participativa, representativa y comunitaria con equivalencia entre hombres y mujeres”; toda vez que el proyecto de Carta Orgánica Municipal está bajo el mandato de sujeción a la Constitución Política del Estado y ésta es la que adopta para todo el Estado Plurinacional de Bolivia la forma democrática, en su        art. 11.I que indica: “La República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres”; ello significa que los otros niveles de gobierno no tienen la competencia para adoptar de forma independiente a la Ley Fundamental, una forma similar de gobierno cual se tratara de las ETAS como entes independientes del nivel central; por lo tanto, al estar bajo el mandato de sujeción a la Norma Suprema corresponde a los otros niveles de gobierno simplemente ejercer ese mandato, en el entendido de que el gobierno del Estado engloba a todos los niveles; entonces, el parágrafo I del art. 15 en su integridad es incompatible con la Constitución Política del Estado, por los fundamentos señalados.