DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014

Fecha: 10-Nov-2014

art. 134

El art. 134 referido a la reubicación indica: “El Gobierno Municipal de Sucre cuidando el interés público, previo proceso técnico-administrativo-jurídico, sin que medie expropiación alguna, está facultado para reubicar el uso de los inmuebles destinados a vivienda, comercio, industria o de cualquier otro carácter” (las negrillas son propias). Se advierte que es incompatible dado que el texto de la redacción al ser tan genérico e impreciso respecto de lo que se entiende por reubicación, se puede advertir que atenta contra la seguridad jurídica pues da lugar a interpretaciones ambiguas.