DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0063/2014

Fecha: 10-Nov-2014

El art. 50

El art. 50 respecto de las atribuciones del concejo municipal en su numeral 1 indica: “Dictar Leyes, Ordenanzas, Resoluciones Autonómicas Municipales, interpretarlas, derogarlas, abrogarlas y modificarlas” (las negrillas son nuestras) del cual se puede advertir que la frase “ordenanzas; resoluciones” es incompatible, toda vez que: i) El texto hace referencia a la palabra “Dictar, derogarlas y abrogarlas”, las cuales son inherentes al procedimiento legislativo que se realiza para la aprobación de una ley por lo que implícitamente le estaría dando esa jerarquía a la ordenanza y a la resolución; y, ii) En este artículo al insertar a la ordenanza y la resolución sin distinción alguna de que esas normas son de carácter interno o general como la ley, además de la jerarquía que éstas debieran tener, se presume que puedan tener los mismos alcances que una ley, lo que hace a una flagrante inseguridad jurídica originada por la imprecisión del texto objeto de análisis.