DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

15.

15. Los proyectos de ley que impliquen imponer, modificar o suprimir tributos de cualquier naturaleza o que incrementen o disminuyan los montos consignados en el Presupuesto Municipal, que no sean propuestos por el Ejecutivo Municipal, serán remitidos en consulta a este por la Presidencia, si la consulta no fuera absuelta en el término de diez días hábiles, el proyectista podrá pedir su consideración en el Pleno del Concejo, siguiendo el procedimiento correspondiente.

15. Presentar informes periódicos al Concejo Municipal sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos, como también responder a los informes escritos u orales que soliciten las o los Concejales Titulares o Suplentes, así como aquellos que sean realizados por la sociedad civil organizada, de acuerdo a los plazos y modalidades establecidos en el Reglamento Interno del Concejo Municipal.