DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

“Artículo 164º (De la Reforma).

“Artículo 164º (De la Reforma). I. La reforma total de la Carta Orgánica o aquella que afecte a sus bases fundamentales, a los derechos, deberes y garantías, o a la primacía y reforma de la presente Carta Orgánica, se realizara por voluntad popular mediante referendo. La convocatoria se realizara por iniciativa ciudadana, con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado del municipio; por mayoría absoluta del total de los miembros del Concejo Municipal; o por la Máxima Autoridad del Gobierno Municipal de RURRENABAQUE. La vigencia de la reforma necesitará referendo aprobatorio.