DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

“Artículo 72º (Atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde).

10.   Elaborar y presentar ante el Concejo Municipal; para la consideración y aprobación el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial y el Plan de Uso de Suelos, PLUS, de manera participativa, los cuales deberán realizarse en coordinación y deberán ser compatibles con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, los mismos que deberán ser aprobados dentro de los treinta (30) días de su presentación.

15.   Presentar informes periódicos al Concejo Municipal sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos, como también responder a los informes escritos u orales que soliciten las o los Concejales Titulares o Suplentes, así como aquellos que sean realizados por la sociedad civil organizada, de acuerdo a los plazos y modalidades establecidos en el Reglamento Interno del Concejo Municipal.