DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2014

Fecha: 13-Nov-2014

correspondiendo únicamente al Gobierno Autónomo Municipal determinar mediante su carta orgánica, los espacios y mecanismos que garanticen el ejercicio de la participación y control social por parte de la sociedad civil organizada

Bajo el entendimiento anterior -referido a que Municipalidad se la entiende como la sociedad civil del municipio de Rurrenabaque-, en conformidad al art. 241 de la CPE y la Ley de Participación y Control Social, que definen a esta última como un derecho constitucional de carácter participativo y exigible, mediante el cual, todo actor social supervisará y evaluará la ejecución de la gestión estatal, el manejo apropiado de los recursos económicos, materiales, humanos, naturales y la calidad de los servicios públicos y básicos para la autorregulación del orden social; este escenario previsto por la Constitución Política del Estado y la Ley de Participación y  Control Social se constituye en el mecanismo legal para que la sociedad civil de este municipio participe y controle la gestión pública municipal, correspondiendo únicamente al Gobierno Autónomo Municipal determinar mediante su carta orgánica, los espacios y mecanismos que garanticen el ejercicio de la participación y control social por parte de la sociedad civil organizada, en armonía con el mandato del art. 241.VI de la CPE.